Colegio , primero en el departamento de Maldonado, amplia extensión horaria, asignaturas extracurriculares, seleccionadas cuidadosamente,dos idiomas; inglés y portugués,informática educativo, fuerte impronta al arte, danza, música, canto, teatro, danza terapia, música terapia, arte terapia. PRIMERA INFANCIA DESDE UN AÑO, PREESCOLARES DESDE TRES A CINCO AÑOS. PRIMARIA COMPLETA PROYECTO DE CICLO BASICO PARA EL 2013 AUTORIZADO POR M.E.C N°100
BLOG DEL COLEGIO C.E.E.I
martes, 18 de septiembre de 2012
viernes, 14 de septiembre de 2012
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VISITEN ESTOS SITIOS Y ENCONTRARAN, TEXTOS INTERESANTES, TEMAS DE ACTUALIDAD, Y MUCHO MATERIAL PARA TRABAJAR.
PROF. YOSELIN SEIJAS RIVERO
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miércoles, 12 de septiembre de 2012
LEY Nº 18.426- SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Ley Nº 18.426
DEFENSA DEL DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NORMAS
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
CAPÍTULO I
De los Derechos Sexuales y Reproductivos
Artículo 1º. (Deberes del Estado).- El Estado garantizará condiciones para el ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de toda la población. A tal efecto, promoverá políticas nacionales de salud sexual y reproductiva, diseñará programas y organizará los servicios para desarrollarlos, de conformidad con los principios y normas que se establecen en los artículos siguientes.Artículo 2º. (Objetivos generales).- Las políticas y programas de salud sexual y reproductiva tendrán los siguientes objetivos generales:
a) | universalizar
en el nivel
primario de atención la cobertura de salud sexual y reproductiva,
fortaleciendo la
integralidad, calidad y oportunidad de las prestaciones con
suficiente infraestructura,
capacidad y compromiso de los recursos humanos y sistemas de
información adecuados; |
b) | garantizar
la calidad,
confidencialidad y privacidad de las prestaciones; la formación
adecuada de los recursos
humanos de la salud tanto en aspectos técnicos y de información como
en habilidades para
la comunicación y trato; la incorporación de la perspectiva de
género en todas las
acciones y las condiciones para la adopción de decisiones libres por
parte de los
usuarios y las usuarias; |
c) | asegurar
el respeto a los
derechos sexuales y reproductivos de las personas
institucionalizadas o en tratamiento
asistencial, como parte de la integralidad bio-sico-social de la
persona; |
d) | capacitar a
las y los docentes de
los ciclos primario, secundario y terciario para la educación en el
ejercicio de los
derechos sexuales y reproductivos como parte de una ciudadanía plena
y en el respeto de
los valores de referencia de su entorno cultural y familiar; |
e) | impulsar
en la población la
adopción de medidas de promoción de la salud y de prevención de la
enfermedad y
estimular la atención institucional de los temas prioritarios en
salud sexual y
reproductiva; |
f) | promover la coordinación interinstitucional y la participación de redes sociales y de usuarios y usuarias de los servicios de salud para el intercambio de información, educación para la salud y apoyo solidario. |
a) | difundir y
proteger los derechos
de niños, niñas, adolescentes y personas adultas en materia de
información y servicios
de salud sexual y reproductiva; |
b) | prevenir
la morbimortalidad
materna y sus causas; |
c) | promover
el parto humanizado
garantizando la intimidad y privacidad; respetando el tiempo
biológico y psicológico y
las pautas culturales de la protagonista y evitando prácticas
invasivas o suministro de
medicación que no estén justificados; |
d) | promover
el desarrollo de
programas asistenciales con la estrategia de disminución del riesgo y
daño que incluyen
un protocolo en la atención integral a los casos de "embarazo no
deseado-no
aceptado" desde un abordaje sanitario comprometido con los derechos
sexuales y
reproductivos como derechos humanos; |
e) | promover
la maternidad y
paternidad responsable y la accesibilidad a su planificación; |
f) | garantizar
el acceso universal a
diversos métodos anticonceptivos seguros y confiables; |
g) | incluir la
ligadura tubaria y la
vasectomía con consentimiento informado de la mujer y del hombre,
respectivamente; |
h) | fortalecer
las prestaciones de
salud mental desde la perspectiva del ejercicio de los derechos
sexuales y reproductivos,
la prevención de la violencia física, sicológica, sexual y las
conductas
discriminatorias; |
i) | prevenir y
tratar las
enfermedades crónico-degenerativas de origen genito-reproductivas; |
j) | promover
climaterios saludables
desde la educación para la salud; |
k) | prevenir y
reducir el daño de
las infecciones de transmisión sexual; |
l) | prevenir y reducir el daño de los efectos del consumo de sustancias adictivas legales e ilegales. |
a) | 1. | dictar
normas específicas para
la atención integral de la salud sexual y reproductiva de niños,
niñas y adolescentes y
capacitar los recursos humanos para los servicios correspondientes; |
2. | impulsar
campañas de promoción
del ejercicio saludable y responsable de los derechos sexuales y
reproductivos; |
|
3. | implementar
acciones de
vigilancia y control de la gestión sanitaria en salud sexual y
reproductiva en el nivel
local y nacional; |
|
4. | desarrollar
acciones de
vigilancia epidemiológica de los eventos que afectan la salud sexual
y reproductiva; |
|
5. | fortalecer
el sistema de
información sanitario como herramienta para conocer el desarrollo
nacional de la salud
sexual y reproductiva de la población; |
|
6. | promover
la investigación en
salud sexual y reproductiva como insumo para la toma de decisiones
políticas y técnicas. |
|
b) | 1. | Promover
la captación precoz de
las embarazadas para el control de sus condiciones de salud; |
2. | implementar
en todo el territorio
nacional la normativa sanitaria vigente (Ordenanza 369/04, de
6/8/2004 del MSP) acerca de
la atención integral en los casos de embarazo no deseado-no
aceptado, denominada
"Asesoramiento para la maternidad segura, medidas de protección
materna frente al
aborto provocado en condiciones de riesgo"; |
|
3. | dictar
normas que incluyan el
enfoque de derechos sexuales y reproductivos para el seguimiento del
embarazo, parto,
puerperio y etapa neonatal; |
|
4. | promover
la investigación y
sistematización sobre las principales causas de mortalidad materna,
incluidos los motivos
de la decisión voluntaria de interrupción del embarazo y métodos
utilizados para
concretarla. |
|
c) | Brindar información
suficiente sobre el trabajo de parto, parto y post parto, de modo
que la mujer pueda
elegir las intervenciones médicas si existieren distintas
alternativas. |
d) | 1. | Promover
la participación
comprometida de los hombres en la prevención de la salud de las
mujeres, así como en la
maternidad y paternidad responsables; |
2. | promover
cambios en el sistema de
salud que faciliten a los hombres vivir plenamente y con
responsabilidad su sexualidad y
reproducción. |
|
e) | 1. | Apoyar a
las parejas y personas
en el logro de sus metas en materia de sexualidad y reproducción,
contribuyendo al
ejercicio del derecho a decidir el número de hijos y el momento
oportuno para tenerlos; |
2. | protocolizar
la atención
sanitaria en materia de anticoncepción e infertilidad. |
|
f) | 1. | Brindar
atención integral de
calidad y derivación oportuna a las personas de cualquier edad que
sufran violencia
física, sicológica o sexual, en los términos de la Ley
Nº 17.514, de 2 de julio de 2002 y del Plan Nacional de
Lucha contra la Violencia Doméstica y Sexual; |
2. | detectar
la incidencia en la
morbi-mortalidad materna de la violencia física, sicológica y
sexual, a los efectos de
fijar metas para su disminución; |
|
3. | protocolizar
la atención a
víctimas de violencia física, sicológica y sexual; |
|
4. | incorporar
a la historia clínica
indicadores para detectar situaciones de violencia física,
sicológica o sexual. |
|
g) | Impulsar campañas
educativas de prevención de las enfermedades crónico degenerativas
de origen
génito-reproductivo desde la perspectiva de la salud sexual y
reproductiva. |
|
h) | Dictar normas para la
atención integral de la salud de hombres y mujeres en la etapa del
climaterio,
incorporando la perspectiva de género y los derechos sexuales y
reproductivos, con el
objetivo de mejorar la calidad de vida y disminuir la
morbi-mortalidad vinculada a
patologías derivadas de esta etapa del ciclo vital. |
i) | 1. | Promover
en todos los servicios
de salud sexual y reproductiva la educación, información y
orientación sobre los
comportamientos sexuales responsables y los métodos eficaces de
prevención de las
infecciones de transmisión sexual en todas las etapas etarias; |
2. | proporcionar
a las mujeres desde
antes de la edad reproductiva la información y los tratamientos
necesarios para evitar la
transmisión de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) en
situaciones de embarazo y
parto; |
|
3. | impulsar
campañas educativas que
combatan la discriminación hacia las personas que conviven con
enfermedades de
transmisión sexual, y proteger sus derechos individuales, incluyendo
el derecho a la
confidencialidad; |
|
4. | investigar y difundir los resultados sobre la incidencia y mecanismos de transmisión del VIH-SIDA y otras Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) en diferentes grupos poblacionales, incluidos los recién nacidos, con miras a focalizar las acciones de autocuidado específicas. |
Artículo 6º. (Universalidad de los servicios).- Los servicios de salud sexual y reproductiva en general y los de anticoncepción en particular, formarán parte de los programas integrales de salud que se brinden a la población. Dichos servicios contemplarán:
a) | la
inclusión de mujeres y
varones de los diferentes tramos etarios en su población objetivo; |
b) | el
involucramiento de los
sub-sectores de salud pública y privada; |
c) | la
jerarquización del primer
nivel de atención; |
d) | la
integración de equipos
multidisciplinarios; |
e) | la
articulación de redes
interinstitucionales e intersectoriales, particularmente con el
sector educativo; |
f) | la creación de servicios de atención a la salud sexual y reproductiva para el abordaje integral de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos. |
CAPÍTULO II
Disposiciones finales
Artículo 7º.- Incorpórase al Código de la Niñez y la Adolescencia el siguiente artículo:"ARTÍCULO 11
bis. (Información y acceso a los servicios de salud).- Todo niño,
niña o
adolescente tiene derecho a la información y acceso a los servicios
de salud, inclusive
los referidos a la salud sexual y reproductiva, debiendo los
profesionales actuantes
respetar la confidencialidad de la consulta y ofrecerle las mejores
formas de atención y
tratamiento cuando corresponda. |
|
De
acuerdo a la edad del
niño, niña o adolescente se propenderá a que las decisiones sobre
métodos de
prevención de la salud sexual u otros tratamientos médicos que
pudieran corresponder, se
adopten en concurrencia con sus padres u otros referentes adultos de
su confianza,
debiendo respetarse en todo caso la autonomía progresiva de los
adolescentes. |
|
En caso de existir riesgo grave para la salud del niño, niña o adolescente y no pudiera llegarse a un acuerdo con éste o con sus padres o responsables del mismo en cuanto al tratamiento a seguir, el profesional podrá solicitar el aval del Juez competente en materia de derechos vulnerados o amenazados de niños, niñas y adolescentes, quien a tales efectos deberá recabar la opinión del niño, niña o adolescente, siempre que sea posible". |
Sala de Sesiones de la Asamblea General, en Montevideo, a 20 de noviembre de 2008.
JOSÉ MUJICA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretarios.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 1º de diciembre de 2008.
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 145 de la Constitución de la República, cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se establecen normas relacionadas con la salud sexual y reproductiva.
TABARÉ VÁZQUEZ.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
sábado, 8 de septiembre de 2012
COLEGIO Y LICEO C.E.E.I
A PARTIR DE SETIEMBRE DE 2012 ESTÁN ABIERTAS LAS INSCRIPCIONES PARA LICEO C.E.E.I
LOS LUGARES SON LIMITADOS POR LAS CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO.
POR CONSULTAS AL 42 25 80 99
DE LUNES A VIERNES DE 11 A 20 HORAS, EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA INSTITUCIÓN.
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NUEVA EDICION DE LA REVISTA DEL COLEGIO 2012
TIENES TIEMPO HASTA LOS 8 DE CADA MES PARA PUBLICAR TU AVISO EN NUESTRO ESPACIO.
SOLO COMUNICATE AL 42 25 80 99, Y EN ADMINISTRACIÓN PODRÁN INFORMARTE.
RECUERDA QUE ES UN ESPACIO VISITADO POR CIENTOS DE PERSONAS DE TODAS PARTES DEL MUNDO.
EN ESTE MOMENTO, POR EL ESPACIO EN INTERNET, MANTENEMOS CONTACTO CON DIVERSAS INSTITUCIONES Y FAMILIAS QUE LLEGAN DEL EXTRANJERO VISITAN EL COLEGIO PARA INSCRIBIR A SUS HIJOS.
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